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Digesto Departamental
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos

Parte Legislativa
Título
Único
Capítulo IX
De la Prevención y Defensa Contra el Fuego en los Locales Destinados a Espectáculos Públicos
Sección VII
De la Sala en los Establecimientos de Primera Categoría

Artículo D.2934 ._

El techo de la sala, los entrepisos, las columnas, las vigas y las escaleras, serán construidas con materiales incombustibles y con una protección apropiada contra los efectos del fuego.

FuenteObservaciones
art. 45