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Digesto Departamental
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos

Parte Legislativa
Título
Único
Capítulo IX
De la Prevención y Defensa Contra el Fuego en los Locales Destinados a Espectáculos Públicos
Sección XVII
De las Medidas de Defensa Contra el Fuego

Artículo D.2994 ._

La sección de las canalizaciones se calculará teniendo en cuenta la extensión, el número de llaves de incendio y de lanzas a instalar y la presión estática de las cañerías de abastecimiento de las aguas corrientes. Las canalizaciones estarán provistas de llaves de paso en número suficiente para prevenir el peligro que entrañaría su rotura.

FuenteObservaciones
art. 105