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Digesto Departamental
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos

Parte Legislativa
Título
Único
Capítulo IX
De la Prevención y Defensa Contra el Fuego en los Locales Destinados a Espectáculos Públicos
Sección XXII
Disposiciones Varias

Artículo D.3038 ._

Todos los centros de reunión de sociedades particulares quedan sometidos a las disposiciones de seguridad expresadas en el presente Título, cuando se celebren en ellos espectáculos públicos.

FuenteObservaciones
art. 149