Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos

Parte Legislativa
Título
Único
Capítulo VII
De las Exhibiciones Pornográficas

Artículo D.2883 ._

Créase una Comisión Especial, integrada con un representante de cada uno de los siguientes Sectores:
Departamento de Recursos Humanos y Materiales, Departamento de Cultura y División Jurídica, con los cometidos que más adelante se especifican.

FuenteObservaciones
num. 12
art. 3