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Digesto Departamental
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos

Parte Reglamentaria
Título
Único
Capítulo VI
De los Espectáculos Carnavalescos
Sección I
De la Organización

Artículo R.1582.11 ._

En caso de que la Intendencia de Montevideo acordase ceder el uso del Teatro de Verano "Ramón Collazo", la administración del Concurso Oficial de Agrupaciones a terceros, los cesionarios deberán cumplir en su totalidad lo establecido en el presente Capítulo y en el compromiso que al efecto se establezca bajo pena de cancelación automática de la cesión otorgada.

FuenteObservaciones
num. 2
art. 11 de la reglamentación
num. 11