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Digesto Departamental
Volumen XIV Rifas y Sorteos. Expropiaciones

Libro XIV
De las rifas y sorteos
Parte Legislativa
Título
Único
Capítulo V
De las rifas en los tablados

Artículo D.3181 ._

Se autoriza la realización de rifas, a fin de que las Comisiones de Tablados Vecinales, debidamente reconocidas por el Servicio de Festejos y Espectáculos, puedan arbitrar fondos -antes de iniciarse el Carnaval- para ser aplicadas exclusivamente a efectuar dichas construcciones y al otorgamiento de premios a las agrupaciones carnavalescas.

FuenteObservaciones
num. 1
art. 1