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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Nota:

El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.

ATENCIÓN: EL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL CAMBIÓ SU DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA Y NUMERACIÓN. Ver Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013, arts. 2º, 3º y 11º, este último en la redacción dada por Dto. JDM Nº 34.889 de 5 de diciembre de 2013, art. 1º.


Libro II
Instrumentos del ámbito departamental
Parte Legislativa
Apartado II Plan de Ordenamiento Territorial. Urbanismo
Título V
De las normas de régimen patrimonial en suelo urbano
Capítulo I
Normas generales

Artículo D.223.236.3 ._

Aplicación de la Regulación de Zona o de la Regulación de Catálogo y/o Inventario.

Se establecen dos códigos y modos de gestión articulados entre sí que se aplican según cada caso en función del tipo de obra a realizar, y su catalogación a través de la pertenencia o no a un Conjunto Urbano Protegido, Tramo Protegido, espacio de valor patrimonial y la asignación del Grado de Protección Patrimonial.
Según el Grado de Protección Patrimonial, la pertenencia a un Conjunto Urbano Protegido, Tramo Protegido, espacio de valor patrimonial y el tipo de obra a realizar, se establecen los siguientes cuadros indicativos de la aplicación de la Regulación de Zona o Regulación de Catálogo y/o Inventario:

CUADRO 1_CONJUNTOS URBANOS PROTEGIDOS, TRAMOS PROTEGIDOS Y ESPACIOS DE VALOR PATRIMONIAL

Grado de
Protección
Restauración Conservación
o
Mantenimiento
Reparación o
Consolidación
Acondicionamiento Reforma o
Rehabilitación
Ampliación Sustitución
4 RZ RZ RZ RCI RCI NO NO
3 RZ RZ RZ RCI RCI RCI NO
2 RZ RZ RZ RZ RZ RCI NO
1 RZ RZ RZ RZ RZ RZ RCI
0 RZ RZ RZ RZ RCI RCI RCI

CUADRO 2_TRAMOS NO PROTEGIDOS

Grado de
Protección
Restauración Conservación
o
Mantenimiento
Reparación o
Consolidación
Acondicionamiento Reforma o
Rehabilitación
Ampliación Sustitución
4 RZ RZ RZ RCI RCI NO NO
3 RZ RZ RZ RCI RCI RCI NO
2 RZ RZ RZ RZ RZ RCI RCI
1 RZ RZ RZ RZ RZ RZ RZ
0 RZ RZ RZ RZ RZ RZ RZ

REFERENCIAS
RZ: Regulación de Zona. Autorización por procedimiento administrativo de la oficina patrimonial competente.
RCI: Regulación de Catálogo y/o Inventario. Autorización por procedimiento de evaluación específica de la oficina patrimonial competente.
NO: Obra no autorizada, con excepción de los casos en que el Catálogo Patrimonial prevea lo contrario.”.

FuenteObservaciones
art. 14
art. 1
art. 11
art. 9
art. D.236.3