Por la categoría de las actividades en función del tamaño del predio.
Por su escala edilicia y alcance de las actividades se establecen en general tres categorías en función del tamaño del predio que ocupan los establecimientos:
Categoría I: Establecimientos de gran porte.- Son aquellas actividades que requieran superficies de suelo iguales o superiores a 3.000 metros cuadrados y se desenvuelvan a escala metropolitana o urbana.
Categoría II: Establecimientos de porte mediano.- Son aquellos que requieren parcelas mayores o iguales a 600 metros cuadrados y menores a 3.000 metros cuadrados.
Categoría III: Establecimientos de pequeña escala.- Son aquellos que requieren parcelas menores de 600 metros cuadrados.
A los efectos de calificar las actividades en forma más adecuada y de obtener una regulación más ajustada a las exigencias particulares de las mismas, se establecen en la presente norma, en los casos en que se estimó conveniente, diferentes categorías en función de la superficie construida.