Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen XI De los Cementerios

Libro XI
De los Cementerios
Título VI
De las cremaciones
Capítulo
Único

Artículo R.1401 ._
DEJADO SIN EFECTO

Este artículo fue dejado sin efecto por Res.IMM Nº 1761/09 de fecha 04/05/2009, num. 2º.


Para el acto de traslación de restos, el Encargado del cementerio cuidará que la operación se haga lo más rápido posible, usando los desinfectantes necesarios como medida precaucional.

FuenteObservaciones
num. 2
num. 1