Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen XI De los Cementerios

Libro XI
De los Cementerios
Parte Legislativa
Título IV
De las inhumaciones
Capítulo III
De los restos provenientes del exterior

Artículo D.2481 ._

Para la introducción al Departamento de Montevideo de cadáveres y restos humanos de personas fallecidas en el exterior se requerirá la previa autorización de las autoridades sanitarias del Ministerio de Salud Pública y de la Intendencia.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1