Los avisos se publicarán bajo un título bien visible que diga: "INTENDENCIA DE MONTEVIDEO BIENES FUNERARIOS ABANDONADOS EN TRÁMITE DE RETROVERSIÓN". Contendrán, además, el nombre de la necrópolis, el número del sepulcro o nicho, el nombre del titular que figura registrado, y la citación a quienes se consideren con derechos para que comparezcan a deducirlos, ante el Servicio Fúnebre y de Necrópolis, dentro del término del emplazamiento, bajo apercibimiento de procederse en la forma establecida en el artículo D.2516.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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