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Digesto Departamental
Volumen XI De los Cementerios

Libro XI
De los Cementerios
Título XII
Del procedimiento para la identificación de personas fallecidas mediante la colocación de precinto de metal

Artículo R.1448.1 ._

La identificación de cuerpos de personas fallecidas, a partir de la acreditación de la defunción, se realizará mediante la colocación de un precinto de metal en el puño o tobillo del difunto, a efectos de grabar su nombre y documento de identidad.

FuenteObservaciones
num. 1