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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo X
Cambio o limitación de tareas por causal médica

Artículo R.346 ._

Sesenta días antes del vencimiento de cada plazo semestral, el Servicio Administración de Gestión Humana remitirá al Servicio de Salud y Seguridad Ocupacional los antecedentes del funcionario en cuestión y éste deberá someterse a nuevo exámen médico en dicho Servicio reiniciándose el procedimiento anterior si correspondiere por igual lapso de seis meses.

En caso de que el Servicio de Salud y Seguridad Ocupacional considere que el funcionario ha superado sus limitaciones, aquél podrá disponer el reintegro de éste a su cargo titular.

FuenteObservaciones
num. 1