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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo XX.1
Del uso de las áreas destinadas a los funcionarios fumadores (Dejado sin efecto).
Nota:

Este Capítulo fue dejado sin efecto por Res.IM Nº 5691/11 de 12/12/11, num. 2.


Artículo R.423.1.2 ._
DEJADO SIN EFECTO

Este artículo fue dejado sin efecto por Res.IM Nro.5691/11 de 12/12/11, num. 2. 


La imposición de las sanciones preceptuadas en el artículo R.423.1.10 deberá hacerse en todos los casos con la debida fundamentación.

FuenteObservaciones
num. 2
num. 2
Dispone la plena vigencia de los numerales 5º, 6º y 7º de la Res. IMM 3296/03 de 18/08/03.
num. 7
num. 5