Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo XX.1
Del uso de las áreas destinadas a los funcionarios fumadores (Dejado sin efecto).
Nota:

Este Capítulo fue dejado sin efecto por Res.IM Nº 5691/11 de 12/12/11, num. 2.


Artículo R.423.1.4 ._
DEJADO SIN EFECTO

Dejado sin efecto por Res. IMM Nº 993/06 de 16/03/06, num. 1º.


Su concurrencia a dichos lugares sólo podrá hacerse en 2 (dos) oportunidades durante el transcurso de la jornada laboral.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
art. 2º de la reglamentación.