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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo IV.I.I
De los concursos
Sección V
De los tribunales de concursos

Artículo R.244.1 ._

Integración.
Los Tribunales de Concurso se integrarán con tres o cinco miembros titulares y sus respectivos suplentes, y ya sean funcionarios de la Intendencia o externos, deberán poseer reconocida idoneidad técnica para la tarea a realizar. En todos los concursos podrá haber también un veedor designado por ADEOM con su respectivo suplente.

La Administración podrá en casos excepcionales, por la característica específica del cargo a proveer, designar para integrar el Tribunal un miembro externo de reconocida idoneidad técnica. En el caso de los Concursos Abiertos, cuando los integrantes del Tribunal sean cinco, se podrán designar hasta dos miembros externos.

FuenteObservaciones
num. 1
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num. 1
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art. 5º del Reglamento de Bases que regirán las Pruebas de Suficiencias y Concursos.
Nota:

En virtud de la aprobación de la Res IM Nº 5797/18, de fecha 10 de diciembre de 2018, el nuevo reglamento de Concursos, aprobado por la Res IM 5138/18 de fecha 5 de noviembre de 2018, entrará en vigencia con el primer concurso que se apruebe del cronograma de concursos para el primer semestre del ejercicio 2019.