(Control en Salud). Los/las funcionarios/as de la Intendencia deberán mantener actualizado el Control en Salud (ex Carné de Salud), siendo además responsables de gestionarlo y tramitarlo ante su prestador integral de salud o cualquier otra institución habilitada, conforme lo dispuesto en la normativa nacional aplicable en la materia.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
De la relación funcional
Del estatuto del funcionario
De los derechos y deberes de los funcionarios
Por Res. IM 2919/20,de fecha 17 de agosto de 2020, se aprobó el "Código de Ética", para todos los que desempeñen funciones en la Unidad Central de Auditoría Interna y los textos denominados "Adhesión al Código de Ética" y "Declaración de Compromiso de Confidencialidad".
Fuente | Observaciones | |
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art. 13 | ||
art. 1 |
Por Res. Dpto. 794/11/5000 de 02/09/11, num. 1º y 2º, desde el 1º de setiembre de 2011 el procedimiento para gestionar y obtener el Carné de Salud Laboral será efectuado por el CASMU-IAMPP para los funcionarios afiliados al mismo. Para los funcionarios cuya afiliación corresponda a otra Institución de Asistencia Médica, serán responsables de obtenerlo y gestionarlo en las mismas o en cualquiera de las Instituciones habilitadas, debiendo presentarlo en la oportunidad que se le requiera.