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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo IV.I.I
De los concursos
Sección VIII
Disposiciones generales

Artículo R.245.14 ._

Lista de suplentes. Al finalizar cada concurso se formará una lista de suplentes por orden de prelación de acuerdo al puntaje obtenido por cada uno de los concursantes que habiendo superado todas las instancias y puntajes del mismo no hubieran accedido al cargo concursado o a alguno de ellos si fuese mas de uno. Dicha lista de suplentes tendrá validez por el plazo de un año a partir de la Resolución que designe a los titulares de los cargos respectivos, pudiendo prorrogarse el mismo hasta un máximo de dos períodos anuales más. En el caso de las listas de suplentes correspondientes a concursos de ascensos a Niveles I y II, su validez será de cinco años. En el caso de las listas de suplentes correspondientes a concurso para cargos de Conducción su validez será de dos años. Durante los periodos de vigencia de las listas referidas la Administración podrá disponer de estos suplentes de acuerdo al orden de prioridad respectivo para cubrir cargos iguales o similares a los concursados en caso de producirse la necesidad correspondiente. No obstante la Administración se reserva la potestad de realizar nuevos concursos cuando así lo entienda pertinente, no haciendo uso de la facultad a que refiere el párrafo anterior.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
num. 1
num. 1
num. 1
R.245.31
Nota:

Por Res. IM Nº 2467/23, de fecha 29 de mayo de 2023, en su numeral 2º, se estableció aplicar dicha normativa de forma inmediata a futuros concursos que la Administración determine.

Por Res. IM Nº 2467/23 de fecha 29 de mayo de 2023, en su numeral 3º, se dispuso que el Servicio de Administración de Gestión Humana estará a cargo de visualizar las vacantes que se produzcan en los Niveles I y II de carrera ocupados por los/las funcionarios/as ganadores de éste o cualquier Concurso de Ascenso anterior de la misma carrera, procediendo a cubrir dichas vacantes con las listas de prelación vigentes.

Por Res. IM Nº 2467/23 de fecha 29 de mayo de 2023, en su numeral 4º, se estableció informar al Servicio de Planeamiento Estratégico y Desarrollo de Personas los casos donde se produzcan vacantes en los Niveles I de carrera de ganadores de concursos de ascensos, con la finalidad de realizar un análisis por posibles bajas de interinatos o asignación de funciones a Nivel I de carrera y en los casos de reasignación de destinos de trabajo.