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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo VI
De la licencia anual
Sección V
De las licencias anuales especiales

Artículo R.290 ._

Los funcionarios docentes que prestan tareas en el Departamento de Cultura, tendrán derecho al uso de la licencia anual reglamentaria, de conformidad con las normas vigentes para todo el personal de la Intendencia, de las que deberán hacer uso, de ser posible, entre el 10 de diciembre y el 14 de enero de cada año.

FuenteObservaciones
num. 1
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num. 2
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