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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro II
De la relación funcional
Parte Legislativa
Título  Único
Del estatuto del funcionario
Capítulo VI
Del sistema integrado de carreras y remuneraciones (SIR)
Sección I
 De los Escalafones y Subescalafones

Artículo D.79.10 ._
DEROGADO

Este artículo fue derogado tácitamente por Dto. JDM Nº 33.621 de 13/12/10, art. 1º.


El SUBESCALAFON ANALISTA ADMINISTRATIVO comprende los cargos del Escalafón Administrativo en los que predominen las tareas analíticas y poco estructuradas, que sirvan de apoyo principalmente al desarrollo de proyectos, nuevos procesos y operaciones de magnitud.
Se requiere tener Secundaria completa y haber aprobado además, cursos específicos o los primeros años de estudios terciarios. Se requiere tener Secundaria completa y haber aprobado además, cursos específicos o los primeros años de estudios terciarios. Este requisito no será exigible para aquellos casos en que los ingresos al Subescalafón Analista Administrativo sea de funcionarios provenientes del Subescalafón Administrativo desde los Niveles III, II y I de carrera, a los Niveles III, II y I del Subescalafón Analista Administrativo.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
Sustituye el inciso 2º.
art. 1