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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro II
De la relación funcional
Parte Legislativa
Título  Único
Del estatuto del funcionario
Capítulo VI
Del sistema integrado de carreras y remuneraciones (SIR)
Sección I
 De las Carreras incluidas en los Escalafones y Subescalafones

Artículo D.79.21 ._
DEROGADO

Este artículo fue derogado tácitamente por Decreto JDM Nº 33.753 de 21 de julio de 2011, artículo 39.


Las carreras del Grupo 1 del Escalafón Profesional y Científico son las siguientes:
. Analista Informático
. Licenciado en Bibliotecología
. Licenciado en Ciencias Biológicas
. Licenciado en Ciencias de la Comunicación
. Licenciado en Ciencias Políticas
. Licenciado en Enfermería
. Licenciado en Geografía
. Licenciado en Historia
. Licenciado en Oceanografía
. Licenciado en Relaciones Internacionales
. Licenciado en Sociología
. Licenciado en Trabajo Social/Asistente Social
. Licenciado en Nutrición
. Partera
. Procurador "A" (Art. 13 del Decreto 22.554)
. Licenciado en Psicología
. Analista Organizacional
. Licenciado en Relaciones Laborales
. Licenciado en Ciencias de la Comunicación
. Profesional Grupo 1
. Licenciado en Geología
. Licenciado en Ciencias Antropológicas
. Licenciado en Ciencias de la Educación
. Licenciado en Estadística
. Licenciado en Matemáticas opción Estadística
. Licenciado en Bioquímica
. Licenciado en Física opción Astronomía
. Licenciado en Marketing
. Licenciado en Registros Médicos
. Geomático
Establecer que al vacar los cargos incluidos en la carrera indicada en primer término, la misma será comprendida por la carrera indicada para cada caso:
Licenciado en Oceanografía
Licenciado en Ciencias Biológicas

FuenteObservaciones
art. 39
art. 49
art. 62
art. 44
art. 45
art. 43
art. 1
art. 17
Lit. C