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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo IV.1
Nota:

Ver Res.IM Nº 583/12 de 06/02/12 que aprueba el Protocolo de Consideración de situaciones generadas en procesos de Evalucación Inicial, Evaluación de Desempeño y Calificación General. Y sus modificaciones en el num. 3 de la Res. IM Nº 2948/18.

Sección IV
 Normas generales

Artículo R.238.34 ._

La Administración impartirá cursos de capacitación y/ó actualización para los Evaluadores y los miembros de los Tribunales de Calificación.
a) Los integrantes de los Tribunales de 2do. Grado en caso de detectar falencias, errores metodológicos, vicios formales, etcétera, deberán, independientemente de las acciones indicadas en los Artículos respectivos, comunicar a la División Administración de Personal dichas situaciones.
b) Asimismo, al inicio de cada proceso de calificación, los integrantes de los Organos Evaluadores realizarán una jornada de trabajo para uniformizar criterios de evaluación en los respectivos Departamentos.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
R.238.30
num. 1
R.238.27