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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo IV.1
Nota:

Ver Res.IM Nº 583/12 de 06/02/12 que aprueba el Protocolo de Consideración de situaciones generadas en procesos de Evalucación Inicial, Evaluación de Desempeño y Calificación General. Y sus modificaciones en el num. 3 de la Res. IM Nº 2948/18.

Sección V
De la evaluación inicial

Artículo R.238.38.2 ._

El Órgano Evaluador estará constituido por a) el supervisor inmediato (Ev. 1) del funcionario/a a evaluar y por el superior respectivo (Ev 2), quienes emitirán una evaluación primaria, el Órgano Evaluador emitirá una Evaluación de Desempeño Inicial para cada uno de los funcionarios que integren esta Unidad de Evaluación. b) a efectos de unificar criterios todos los integrantes del Órgano Evaluador (Ev 1 y Ev 2) deberán obligatoriamente haber realizado el curso de evaluador dictado por la Unidad de Calificaciones.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
num. 1
art. 2º del Reglamento de Evaluación Inicial.