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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo IV.I.I
De los concursos
Sección V
De los tribunales de concursos

Artículo R.244.3 ._

Impedimentos.
No podrán ser integrantes de los tribunales de concursos ni veedores aquellos funcionarios de esta Intendencia que hayan obtenido un puntaje inferior a 50 puntos en su calificación general vigente, que hayan sido objeto de alguna suspensión en los últimos dos años, o que se encuentren sumariados o bajo investigación administrativa. En caso que el sumario o la investigación administrativa sea dispuesta una vez que el funcionario haya sido designado para integrar un Tribunal de concurso, tal designación cesará automáticamente desde la fecha de la resolución que dispuso el sumario o la investigación, debiendo asumir como titular el suplente respectivo a cuyos efectos la Unidad Selección y Carrera Funcional lo convocará de inmediato. Es obligación de dicho integrante en tal caso comunicarlo a la Unidad Selección y Carrera Funcional.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
Art. R.244.9
num. 1
Nota:

En virtud de la aprobación de la Res IM Nº 5797/18, de fecha 10 de diciembre de 2018, el nuevo reglamento de Concursos, aprobado por la Res IM 5138/18 de fecha 5 de noviembre de 2018, entrará en vigencia con el primer concurso que se apruebe del cronograma de concursos para el primer semestre del ejercicio 2019.