A los efectos de las promociones a que refiere este capítulo, de todos los escalafones y subescalafones con excepción de los funcionarios que ocupen puestos de Dirección Superior sujetos a evaluación de gestión y los de naturaleza Gerencial, se constituirá al menos un Tribunal de Promociones que estará integrado por dos miembros titulares y dos suplentes, designados por la Administración, y un miembro titular y dos suplentes en representación de ADEOM. La Administración podrá, a su juicio, conformar más Tribunales en función de las especificidades que entienda pertinentes y podrá designar referentes para consultas a nivel jurídico e informático.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional
Libro III
De la relación funcional
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título Único
Nota:
Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año. Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.
Capítulo IV.I.II
De las promociones de carrera de los funcionarios presupuestados con excepción de los pertenecientes a casinos no incorporados al S.I.R
De las promociones de carrera de los funcionarios presupuestados con excepción de los pertenecientes a casinos no incorporados al S.I.R
Sección Unica
Único
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