Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo IX.I
De las licencias especiales
Sección II
De la licencia para la preparación de exámenes o pruebas

Artículo R.342.19 ._

Los descuentos indicados en el artículo anterior no se aplicarán cuando se compruebe que mediaron causas debidamente justificadas que impidieron la presentación de los recaudos en el plazo establecido o la rendición de la prueba o examen.

El interesado deberá presentar la solicitud respectiva en el Servicio de Administración de Gestión Humana que elevará con sus antecedentes a Resolución del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, que podrá conceder una prórroga para la presentación del recaudo o bien autorizar la rendición de la prueba o examen en un nuevo período.

FuenteObservaciones
num. 5
num. 1
num. 1
art. 7º de la reglamentación.