Dichas actividades requieren en su ejecución el conocimiento de normas, procedimientos, técnicas y prácticas administrativas y el marco general de disposiciones legales que regulan las actividades de la administración (leyes, decretos, resoluciones, reglamentos).
Las exigencias mentales de atención, memoria, concentración y análisis son predominantes por sobre las exigencias físicas. Se requieren diferentes niveles de estudio de nivel medio, con preferencia de orientaciones de administración y humanísticas y, cuando corresponda, especialización adquirida en cursos específicos, en los primeros años de estudios terciarios o por la experiencia comprobada y efectiva en las distintas reparticiones de la IdeM.
Constituyen además requisitos típicos el buen manejo del idioma oral y escrito, las aptitudes para cálculos matemáticos, para las relaciones interpersonales, y las habilidades para utilizar sistemas informatizados y operar distintos tipos de máquinas de oficina, especialmente equipos informáticos y sus utilitarios.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional
Libro III
De la relación funcional
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título Único
Nota:
Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año. Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.
Capítulo I.4
De los escalafones y subescalafones
De los escalafones y subescalafones
Sección V
Del escalafón administrativo
Del escalafón administrativo
Artículo R.161.25 ._
Fuente | Observaciones | |
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num. 2 | ||
num. 1 | ||
num. 1 | R.161.24 |