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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo VI
De la licencia anual
Sección V
De las licencias anuales especiales

Artículo R.280.1 ._

Funcionarios de la carrera 1215 “ Vigilante - Sereno” que desempeñan tareas como Guardianes de Sala en los Museos y Salas de Exposiciones. Los funcionarios de la Intendencia de la carrera 1215 “Vigilante Sereno” que realizan las tareas de “Guardianes de Sala”, y que trabajan sábados, domingos y feriados, a quienes se les impone el sistema de un franco semanal rotativo, tendrán derecho a una licencia suplementaria de diez días, a otorgarse conjuntamente con la anual reglamentaria, destinada a compensar los feriados civiles que marca el calendario de nuestro país.
Las presentes disposiciones regirán asimismo para aquellos que, figurando en el presupuesto con otra denominación cumplan permanente o transitoriamente dichas funciones.

FuenteObservaciones
num. 1