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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo VI
De la licencia anual
Sección V
De las licencias anuales especiales

Artículo R.292 ._

Funcionarios estudiantes de la Facultad de Ingeniería y Agrimensura.
Los funcionarios de la Intendencia que sean alumnos de la Facultad de Ingeniería y Agrimensura de Montevideo, tendrán derecho anualmente a una licencia especial por término no mayor de 30 (treinta) días, con goce de sueldo, a los solos efectos de concurrir al Campamento de Estudios, que con carácter reglamentario realiza aquel Instituto.
La licencia será acordada a petición de parte por los Directores, debiendo quedar documentado por la Facultad de Ingeniería y Agrimensura la condición de alumno y la concurrencia cumplida al Campamento de Estudios, remitiéndose las actuaciones al Servicio Administración de Gestión Humana.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
num. 2