Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen XI De los Cementerios

Libro XI
De los Cementerios
Título XII
Del procedimiento para la identificación de personas fallecidas mediante la colocación de precinto de metal

Artículo R.1448.2 ._

Establecer que los agentes obligados a cumplimentar lo precedentemente expuesto, serán las empresas fúnebres o el Servicio Fúnebre de la Intendencia, según las circunstancias.

FuenteObservaciones
num. 2