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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Nota:

Por Res.IM Nº 2882/20 de fecha 12 de agosto de 2020 se aprueba un nuevo protocolo para el uso responsable de espacios públicos.

Por Res.IM Nº 2180/20 de fecha 8 de junio de 2020, se aprobó el protocolo para el reinicio de actividades del sector audiovisual vinculado a rodajes en espacios públicos de nuestra cuidad.

Por Res.IM Nº3698/21 de fecha 04 de octubre de 2021, se deja sin efecto la resolución Nº2882/20 de fecha 12 de junio de 2020 que aprobò el Protocolo para el uso responsable de los espacios públicos vigente durante la emergencia sanitaria por el Covid 19.


Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Legislativa
Título I.I
De las ferias permanentes
Capítulo III
De los puestos
Sección I
Medidas y ubicación de los puestos

Artículo D.2346.43 ._

Los permisarios o alternos autorizados deben estar presentes y atender personalmente su puesto durante todo el horario de la feria, su ausencia sin la autorización correspondiente impedirá el funcionamiento del puesto.
La constatación de que el permisario no se encuentra en el puesto adjudicado, dará lugar a la suspensión preventiva del permiso y a la revocación del mismo en caso de reincidencia.

FuenteObservaciones
art. 1