A los efectos del presente Título se definen los elementos que ocupan el espacio público de la siguiente manera:
1) Redes de Infraestructura. Se entiende por redes de infraestructura todo sistema de transporte de energía, señales y/o fluído que se instala en el espacio público aéreo y/o subterráneo a fin de cubrir los servicios de interés general o de cada abonado.
Se enumeran a título de ejemplo:
- Energía eléctrica
- Alumbrado público
- Telefonía
- Televisión por cable
- Agua potable
- Gas por cañería
- Saneamiento
2) Equipamientos Integrantes de las Redes de Infraestructura. Constituyen equipamientos integrantes de las redes de infraestructura todos los elementos que resulta necesario incorporar a las mismas para cubrir diferentes situaciones.
Se enumeran a título de ejemplo:
- Subestaciones de transformación de energía eléctrica (UTE), distinguiéndose cuatro tipos:
- Aéreas
- Compactas (P:U:C:T)
- Semienterradas
- Subterráneas
- Puestos de control de presión de redes de gas
- Cajas generales de protección (C:G:P) y cajas de distribución (C.D)
- Tableros de control de alumbrado público
- Cajas telefónicas de distribución
- Tableros de control de semáforos
- Fuentes de distribución de señales de televisión por cable
- Cajas de bornes (teléfonos y T.V cable)
- Otros equipos adicionales de T.V cable
- Antenas para telefonía celular
- Antenas para redes inalámbricas de telefonía
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Por Res.IM Nº 2882/20 de fecha 12 de agosto de 2020 se aprueba un nuevo protocolo para el uso responsable de espacios públicos.
Por Res.IM Nº 2180/20 de fecha 8 de junio de 2020, se aprobó el protocolo para el reinicio de actividades del sector audiovisual vinculado a rodajes en espacios públicos de nuestra cuidad.
Por Res.IM Nº3698/21 de fecha 04 de octubre de 2021, se deja sin efecto la resolución Nº2882/20 de fecha 12 de junio de 2020 que aprobò el Protocolo para el uso responsable de los espacios públicos vigente durante la emergencia sanitaria por el Covid 19.
De los espacios públicos y de acceso al público
Del espacio público subterráneo y aéreo
Por Decreto No. 33.044 de 17 de agosto de 2009 se estableció un régimen para cunetas y alcantarillas. Se incorporó al Volumen VII " De las Obras", artículos D.2241.14.1 a D.2241.14.9.
Definiciones
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
num. 1 | ||
art. 2 |