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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Reglamentaria
Título I
De las reuniones públicas
Capítulo V
De las Ferias Especiales y periódicas
Nota:

Por Res. 1897/07 de 31/05/07, num. 1 se creó el carné identificatorio para titulares de permisos de venta en la vía pública.

 Generalidades

Artículo R.1171.57 ._

Carácter del Permiso. El permiso es personal, precario y revocable y sólo podrá ser transferido a las personas que se detallan en los siguientes casos: 
a) al cónyuge o concubino estable, padres, hijos o hermanos.
b) en el caso de fallecimiento, ausencia o interdicción por incapacidad del titular del puesto, las personas mencionadas en el inciso anterior podrán presentarse ante la Intendencia de Montevideo, dentro del plazo de 15 (quince) días hábiles de sucedido el hecho, para proseguir la explotación del puesto. Cuando haya más de un sucesor deberán designar entre todos a uno de ellos para quede al frente del puesto.

FuenteObservaciones
num. 1
Art. 11 de la Reglamentación
num. 1
Art. 11 de la Reglamentación