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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Nota:

Por Res.IM Nº 2882/20 de fecha 12 de agosto de 2020 se aprueba un nuevo protocolo para el uso responsable de espacios públicos.

Por Res.IM Nº 2180/20 de fecha 8 de junio de 2020, se aprobó el protocolo para el reinicio de actividades del sector audiovisual vinculado a rodajes en espacios públicos de nuestra cuidad.

Por Res.IM Nº3698/21 de fecha 04 de octubre de 2021, se deja sin efecto la resolución Nº2882/20 de fecha 12 de junio de 2020 que aprobò el Protocolo para el uso responsable de los espacios públicos vigente durante la emergencia sanitaria por el Covid 19.


Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Reglamentaria
Título III
De las actividades en espacios públicos o de acceso al público
Capítulo IX
De la colocación de mesas y sillas con o sin entarimado en las aceras y calzadas
Nota:

 

Por Dto. JDM 32.361 de 27/03/08, art. 1º, se suspende la aplicación del Dto. JDM 32.082 de 04/06/07 por un plazo de 90 días. Vigencia: hasta 25/06/08.
Por Dto. JDM 32.514 de 12/06/08, art. 1, se prorroga la aplicación del Dto. JDM 32.082 de 04/06/07 por un plazo de 60 días. Vigencia: hasta 24/08/08.
Por Dto. JDM 32.612 de 18/08/08, art. 1º, se prorroga la aplicación del Dto. JDM 32.082 de 04/06/07 por un plazo de 30 días. Vigencia: hasta 23/09/08.

 


Artículo R.1288.41 ._


La solicitud para la implantación de estas instalaciones se realizará en los Servicios Centro Comunal Zonal, otorgándose el permiso por el Municipio  correspondiente.
Conjuntamente con la solicitud el interesado deberá presentar:
a) constancia de viabilidad aceptada por la Comisión Especial Permanente, cuando el comercio esté ubicado en Áreas Patrimoniales.
b) constancia de viabilidad emitida por el Servicio Centro Comunal Zonal cuando el comercio esté ubicado sobre vías peatonales, semi-peatonales o plazas, y de acuerdo a las disposiciones específicas existentes para esas vías.
c) habilitación comercial vigente del local, o constancia de estar en trámite.
d) Plano de ubicación a escala 1/1000 y planos de planta y 2 cortes (transversal y longitudinal) a escala 1/100 como mínimo con acotado total e indicación de todos los materiales a utilizar.
El gestionante podrá presentar también fotos o cualquier otro elemento que contribuya a una mayor comprensión de la propuesta sobre las instalaciones proyectadas.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
num. 2
art. 1
art. 1
art. 1
num. 1
Nota:

En virtud de la aprobación de la Res. IM Nº 0235/21 de fecha 15 de enero de 2021, la cual modifica la Res. IM Nº 4414/20 de fecha 09 de diciembre de 2020, se dispone que la colocación de mesas y sillas con o sin entarimado en las aceras y calzadas frente a comercios del rubro gastronómico y venta de bebidas, o la ampliación de los espacios con ese destino, deberán ajustarse a las disposiciones que allí se detallan.

Por Res.IM Nº 2958/21 de fecha 04 de octubre de 2021, Se prorroga la exoneración del 100% del precio por la colocación de mesas y sillas con o sin entarimado en las aceras y calzadas frente a comercios del rubro gastronómico y venta de bebidas, incluyendo la ampliación de los espacios con ese destino solicitados durante el período 1º de octubre al 31 de diciembre de 2021.