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Digesto Departamental
Volumen VII Obras

Parte Legislativa
Título III
De las remociones en la vía pública
Capítulo II
De las remociones de pavimentos y cordones

Artículo D.2232 ._

Las remociones de los pavimentos y cordones, cuya conservación esté a cargo de la Intendencia de Montevideo, deberán ser ejecutadas por las Instituciones Oficiales, Entes, Empresas Contratistas o por particulares que las soliciten, así como el relleno de las zanjas, resultantes de dichas remociones.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
Va para el D. 2231 Viene del D.2233
art. 1
Va para el D. 2231 Viene del D.2233
art. 21