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Digesto Departamental
Volumen VII Obras

Parte Reglamentaria
Título II
De las remociones en la vía pública
Capítulo III
De la señalización de obras en la vía pública
Sección I
Elementos de protección en las calzadas

Artículo R.935.1 ._
DEJADO SIN EFECTO

Este artículo fue dejado sin efecto por Res. IM nro. 1821/12, de fecha 07/05/12, num. 4.


La altura libre desde el suelo será de 0 mt.20 (veinte centímetros) y el ancho de la primera banda de 0 mt.30 (treinta centímetros), y el espaciamiento siguiente y la banda superior serán de 0 mt.20 (veinte centímetros) y 0 mt.30 (treinta centímetros) respectivamente. Irán rayadas en franjas a 45 (cuarenta y cinco) grados ascendentes de izquierda a derecha de 0mt.15 (quince centímetros) de ancho cada una y pintadas alternadamente de colores blanco y naranja con pintura resistente.

FuenteObservaciones
num. 4
num. 1
num. 1
num. 4
R.935.2.