Cuando la U.C.C.R.I.U. así lo indique se podrá sustituir las probetas por testigos extraídos del pavimento. Para estos valdrán las mismas condiciones del Artículo anterior.
La contratista extraerá a su costo dichos testigos en los lugares que se le indiquen. Cada vez que sea extraído un testigo, el contratista deberá cerrar a su costo, y dentro de los dos días hábiles siguientes la perforación practicada
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen VII Obras
Parte Reglamentaria
Título II
De las remociones en la vía pública
De las remociones en la vía pública
Capítulo I
Especificaciones constructivas para la ejecución de remociones y reposiciones de cortes en pavimentos.
Especificaciones constructivas para la ejecución de remociones y reposiciones de cortes en pavimentos.
Recepción y Conservación
Artículo R.930.32 ._
Fuente | Observaciones | |
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num. 3 | ||
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