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Digesto Departamental
Volumen VII Obras

Parte Legislativa
Título III
De las remociones en la vía pública
Capítulo IV
Del contralor, conservación y sanciones

Artículo D.2241.12.5 ._

En caso de no remover la totalidad de las losas afectadas, de ser graníticas, se sancionará con 1 U.R. (una Unidad Reajustable) por losa no removida.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 4
Va para el D.2241.12.4. Viene del D.2241.12.6