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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen VII Obras

Parte Legislativa
Título III
De las remociones en la vía pública
Capítulo I
Disposiciones generales

Artículo D.2215.1 ._

La exigencia mencionada en el Artículo D.2215 también debe ser cumplida por aquellos Servicios y Unidades Ejecutoras de la Intendencia de Montevideo que realicen obras de remoción en la vía pública en forma directa o por contratistas particulares.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 1