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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen VII Obras

Parte Legislativa
Título III
De las remociones en la vía pública
Capítulo I
Disposiciones generales

Artículo D.2215.2 ._

Cuando los Organismos y Empresas de Servicios Públicos proyecten introducir cambios en su sistema de redes que tengan que ver con nuevas modalidades de infraestructura, equipos, etc. destinados a ocupar el espacio público, deberán en la etapa de anteproyecto poner toda esta información a consideración de la Intendencia la que podrá autorizar o no la propuesta o establecer las condiciones bajo las cuales se permitirá su instalación. El no cumplimiento de esta habilitación invalidará los futuros trámites de solicitud de obra que estén comprendidos.

FuenteObservaciones
art. 1