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Digesto Departamental
Volumen VII Obras

Parte Legislativa
Título II
De las veredas
Capítulo II
De las zonas, tipos y dimensiones de las veredas

Artículo D.2200 ._

Zona 3. Dentro de la zona limitada por el Río de la Plata, Rambla Concepción del Uruguay, Avda. Italia, Bvar. José Batlle y Ordóñez, Avda. General Flores, Bvar. Gral. Artigas en su recorrido Este-Oeste y la bahía de Montevideo, excluidas las Zonas 1 y 2 precedentes, las veredas se construirán, en un ancho de dos metros como mínimo, a partir de las alineaciones de las propiedades, con baldosas de portland, grés o monolítico lavado, la superficie restante se cubrirá con balasto rojo o césped.

FuenteObservaciones
art. 4
art. 1
art. 21