Cuando se constate por parte de la Intendencia de Montevideo, la existencia de fallas o irregularidades en las instalaciones de los Organismos o Empresas de Servicios Públicos, ubicadas dentro del espacio público, la Intendencia podrá intimar la reparación inmediata de las mismas bajo el rótulo de urgente o grave y urgente, lo que implicará que los trabajos correspondientes, deberán iniciarse dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes a la hora de la intimación. Dicho trabajo deberá efectuarse en forma ininterrumpida, hasta su solución definitiva.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental