Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen VII Obras

Parte Legislativa
Título III
De las remociones en la vía pública
Capítulo I
Disposiciones generales

Artículo D.2226.3 ._

En caso de incumplimiento en cuanto a las medidas de protección de las especies vegetales, la Unidad de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana en coordinación con la Unidad de Areas Verdes, podrán suspender las obras, realizar las intimaciones que sean necesarias y aplicar las sanciones correspondientes.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 1
art. 1