Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen VII Obras

Parte Legislativa
Título III
De las remociones en la vía pública
Capítulo VI
De los colectores provisorios y canalizaciones especiales de desagüe

Artículo D.2241.25 ._

La autorización de funcionamiento a través de una canalización especial de desagüe tiene carácter precario y revocable. Los interesados no podrán oponerse ni exigir indemnización de especie alguna si la Intendencia de Montevideo resuelve exigir la modificación del punto de vertimiento, del trazado de la tubería e inclusive impedir su funcionamiento, por razones ambientales o de conservación y funcionamiento de la red de alcantarillado a la cual conecte.

FuenteObservaciones
num. 1
art. 11