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Digesto Departamental
Volumen VII Obras

Parte Reglamentaria
Título I
De las veredas
Capítulo II
De las disposiciones especiales para la construcción de las veredas en las vías de tránsito y en las zonas que se indiquen

Artículo R.903 ._

En el bulevar José Batlle y Ordoñez en todos los tramos en que se haya realizado el ensanche se construirán las veredas de acuerdo con las siguientes características:
a) Se construirá una faja embaldosada de dos metros cincuenta centímetros (2m50) de ancho, a partir de las alineaciones de las propiedades.
b) Frente a la entrada de las propiedades se construirá entre el cordón y la faja embaldosada, sendas de enlace de un metro (1m00) de ancho para acceso de peatones y de dos metros cuarenta centímetros (2m40) para vehículos.
c) Los bordes libres de la parte embaldosada deberán ser protegidos con una cordoneta de hormigón.
d) El espacio libre entre el cordón y la faja embaldosada se desmontará y se cubrirá con césped o con una capa de balasto rojo de diez centímetros (0m10) de espesor.

FuenteObservaciones
num. 2
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