En la Rambla Costanera arroyo del Cerrito en el tramo comprendido entre la avenida Costanera del arroyo Miguelete y la calle Reyes, la construcción de veredas se ajustará a las siguientes condiciones:
a) Se construirán dos sendas embaldosadas de dos metros (2m00) cada una, emplazándose una junto al cordón y la otra a partir de la alineación frentista.
b) Frente a los accesos de peatones y de vehículos se construirán sendas de un metro (1m00) y de dos metros con cuarenta centímetros (2m40) respectivamente.
c) Los bordes libres de las superficies embaldosadas deberán ser protegidos por una cordoneta de hormigón.
d) Las baldosas a emplear para la construcción de dichas veredas será la acanalada reglamentaria de color amarillo.
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Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen VII Obras
Parte Reglamentaria
Título I
De las veredas
De las veredas
Capítulo II
De las disposiciones especiales para la construcción de las veredas en las vías de tránsito y en las zonas que se indiquen
De las disposiciones especiales para la construcción de las veredas en las vías de tránsito y en las zonas que se indiquen
Artículo R.921 ._
Fuente | Observaciones | |
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num. 1 |