Pavimento de adoquines. Se deberá construir el pavimento de adoquines. Para esto, sobre la subrasante preparada según el Art. R. 930.6, se deberá construir una sub-base de material granular cementado en un espesor no menor de 15 (quince) centímetros, de acuerdo a los Arts. R. 930.7 y siguientes, a lo que se agregará una capa de asiento de arena de 5 (cinco) a 7 (siete) centímetros de espesor, sobre la que se colocarán los adoquines.
En aquellos pavimentos de adoquines con un alto porcentaje de su superficie reparados con carpeta asfáltica, previa expresa solicitud a la U.C.C.R.I.U., ésta podrá autorizar su sustitución por otro pavimento que determinará.
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Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen VII Obras
Parte Reglamentaria
Título II
De las remociones en la vía pública
De las remociones en la vía pública
Capítulo I
Especificaciones constructivas para la ejecución de remociones y reposiciones de cortes en pavimentos.
Especificaciones constructivas para la ejecución de remociones y reposiciones de cortes en pavimentos.
Especificaciones Constructivas
Artículo R.930.15 ._
Fuente | Observaciones | |
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num. 3 | ||
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