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Digesto Departamental
Volumen VII Obras

Parte Reglamentaria
Título III
De las centrales de hormigón y de preparación de materiales para la ejecución de obras
Capítulo UNICO

Artículo R.944 ._

Limpieza del predio. Sin perjuicio del cumplimiento por parte del Contratista de las obligaciones a que se refieren los artículos D.1900 y D.1901 durante el término del permiso y funcionamiento de la planta, el predio donde se emplace la Central deberá quedar a la finalización de los trabajos perfectamente limpio, exento de restos de hormigón sobrantes o materiales de cualquier índole.

FuenteObservaciones
num. 8