Limpieza del predio. Sin perjuicio del cumplimiento por parte del Contratista de las obligaciones a que se refieren los artículos D.1900 y D.1901 durante el término del permiso y funcionamiento de la planta, el predio donde se emplace la Central deberá quedar a la finalización de los trabajos perfectamente limpio, exento de restos de hormigón sobrantes o materiales de cualquier índole.
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Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental