Para la iluminación de las calles, plazas, paseos, avenidas y lugares públicos en general, se instalarán lámparas de 125, 175 y 250W., según lo considere conveniente el respectivo Servicio y de acuerdo a las características e importancia del lugar a iluminar. En avenidas, paseos, parques y calles, donde la excepcionalidad del caso lo justifique se podrán utilizar elementos de 400W.
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Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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