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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOTID
Título VIII
Departamento de Desarrollo Económico
Capítulo I
Unidad Gestión Comercial
Sección IV
Precio por Concesión de Uso en Mercados Minoristas Departamentales

Artículo 622.5 ._

(Descuento. Puntualidad en los pagos) Los permisarios de los puestos comerciales que estén al día en sus pagos a la fecha de la presente resolución, gozarán de un 10% (diez por ciento) de descuento que regirá hasta el 31 de diciembre de 2005, siempre que mantengan su puntualidad en los pagos.

FuenteObservaciones
num. 5